Empresa y trabajadores, todos ganan!
El contrato de formación es un tipo de contrato laboral diseñado para incentivar la contratación de jóvenes (menores de 30 años) a la vez que persigue la capacitación y acreditación profesional en el desempeño de un puesto de trabajo.
Beneficios para la empresa:
Beneficios para el trabajador/a:
Requisitos del trabajador/a:
Duración y distribución de la jornada entre actividad laboral y formativa:
La duración mínima del contrato será de 1 año y la máxima de 3 años. No obstante, mediante convenio colectivo podrá establecerse una duración distinta.
El tiempo de trabajo efectivo, que tendrá que ser compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas, no podrá ser superior al 75% durante el primer año, o al 85%, durante el segundo y tercer año, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo, o, en su defecto, de la jornada máxima legal.
Retribución del trabajador/a:
La retribución se fijará de acuerdo con lo establecido en el convenio colectivo de la empresa. En ningún caso, la retribución será inferior al Salario Mínimo Interprofesional.
Ahorro mensual que supone el contrato para la formación y el aprendizaje | ||||||
Sector | Comercio (Alimentación) | Hostelería (Camarero) | Construcción (Oficial 2ª) | |||
Tipo de contrato | Formación | Obra o Serv. | Formación | Obra o Serv. | Formación | Obra o Serv. |
Seguros sociales | 0 | 385,01 | 0 | 446,48 | 0 | 693,31 |
Salario 1er año | 849,37 | 1.142,47 | 1.035,14 | 1.380,18 | 1.206,10 | 1.819,69 |
Total gastos empresa | 849,37 | 1.527,48 | 1.035,14 | 1.826,66 | 1.206,10 | 2.513,00 |
Diferencia | -678,11 € | -791,52 € | -1.306,90 € | |||
% de diferencia | -44.39% | -43,33% | -52,01% |
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