Práctica de obligado cumplimiento según establecen la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre.
La correcta eliminación de los datos de carácter personal con los que trabajamos en cualquier oficina o despacho, se ha convertido en una práctica de obligado cumplimiento según establecen la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos y Real Decreto 1720/2007.
Valor añadido: Mejorar los indicadores de las certificaciones de calidad ISO 9.001 y 14.001.
Más allá de la normativa vigente, la propia prudencia nos obliga a asegurar la destrucción de toda la documentación confidencial, una vez vencidos los plazos de archivo legales o cumplido el cometido para el que se ha generado. Estos documentos se convierten en un residuo inservible del que tenemos que desprendernos, pero que conserva intacta la información que contenía, a menos que nos aseguremos de su destrucción.
La destrucción de documentos ayuda a:
Nuestro servicio incluye: