• es_ES
  • en_GB
  • es_ES
  • en_GB
hola@grupomainjobs.com 900 812 816
Contratos de formacion para fomentar el empleo joven

Contratos para la formación

Contratos para la formación

Empresa y trabajadores, todos ganan!

El contrato de formación es un tipo de contrato laboral diseñado para incentivar la contratación de jóvenes (menores de 30 años) a la vez que persigue la capacitación y acreditación profesional en el desempeño de un puesto de trabajo.

 

Beneficios para la empresa:

  • Coste 0 en las cotizaciones a la Seguridad Social. Reducción de las cuotas al 100% para empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para empresas de más de 250 trabajadores.
  • Coste 0 en formación. El trabajador recibe formación relacionada con su ocupación y la empresa se la bonifica al 100 %.
  • Tutorización bonificada. Bonificación adicional para financiar los costes de tutorización en la empresa, con hasta 80 euros mensuales, según el número de horas y el tamaño de la plantilla.
  • Más incentivos: por transformación en indefinido con mantenimiento de al menos 3 años: incentivo de 1.500 €/año  o 1.800 €/año en el caso de mujeres.

 

 

Beneficios para el trabajador/a:

  • Total protección social.
  • Cotización por desempleo.
  • Obtención de una titulación oficial.

 

Requisitos del trabajador/a:

  • Que no tengan cualificación para un contrato en prácticas.
  • Entre 16 y 25 años (menores de 30 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%).
  • Sin límite de edad para personas con discapacidad y para alumnos participantes en proyectos de empleo y formación.

 

Duración y distribución de la jornada entre actividad laboral y formativa:

La duración mínima del contrato será de 1 año y la máxima de 3 años. No obstante, mediante convenio colectivo podrá establecerse una duración distinta.

El tiempo de trabajo efectivo, que tendrá que ser compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas, no podrá ser superior al 75% durante el primer año, o al 85%, durante el segundo y tercer año, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo, o, en su defecto, de la jornada máxima legal.

 

Retribución del trabajador/a:

La retribución se fijará de acuerdo con lo establecido en el convenio colectivo de la empresa. En ningún caso, la retribución será inferior al Salario Mínimo Interprofesional.

 

¡Consúltenos las ocupaciones homologadas actualmente y buscamos la que se adapte a sus necesidades!

¿Sabías que...?

Ahorro mensual que supone el contrato para la formación y el aprendizaje
Sector Comercio (Alimentación) Hostelería (Camarero) Construcción (Oficial 2ª)
Tipo de contrato Formación Obra o Serv. Formación Obra o Serv. Formación Obra o Serv.
Seguros sociales 0 385,01 0 446,48 0 693,31
Salario 1er año 849,37 1.142,47 1.035,14 1.380,18 1.206,10 1.819,69
Total gastos empresa 849,37 1.527,48 1.035,14 1.826,66 1.206,10 2.513,00
Diferencia -678,11 € -791,52 € -1.306,90 €
% de diferencia -44.39% -43,33% -52,01%

¿Qué ofrecemos?

Un servicio integral adaptado a tus necesidades:

  • Te ayudamos a optimizar los costes laborales.
  • Si lo necesitas, te preseleccionamos candidatos.
  • Tramitamos con los Servicios de empleo y TGSS.
  • Por supuesto, impartimos la formación.

Todo lo que tu empresa necesita…

Si te han quedado dudas...